Cómo declarar los alquileres vacacionales en el IRPF

Alquilar una vivienda con fines turísticos puede generar dudas sobre su correcta declaración en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Es esencial comprender cómo tributan estos ingresos para evitar sanciones y optimizar la fiscalidad.

Tipos de alquiler vacacional y su tributación

La forma en que se declara el alquiler vacacional depende de los servicios ofrecidos y de la gestión realizada:

Alquiler con servicios de hospedaje

Si, además del alojamiento, se proporcionan servicios propios de la industria hotelera, como limpieza periódica, cambio de ropa de cama y baño, recepción o servicios de alimentación, los ingresos se consideran rendimientos de actividades económicas.

  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE):
    Inscribirse en el epígrafe 685, correspondiente a “Alojamientos turísticos extrahoteleros”

  • Aplicación del IVA:
    Aplicar un 10% de IVA en las facturas emitidas a los huéspedes.
    Presentar las declaraciones trimestrales correspondientes.

  • Declaración en el IRPF:
    Incluir los ingresos como rendimientos de actividades económicas.
    (ver post de la Hacienda Triburia)​

Alquiler sin servicios de hospedaje

Si solo se ofrece el alojamiento sin servicios adicionales propios de la industria hotelera, los ingresos se consideran rendimientos del capital inmobiliario. En este caso:

  • Alta en el IAE:
    Inscribirse en el epígrafe 861.1, relativo al “Alquiler de viviendas”.
    Sin embargo, si se realizan exclusivamente arrendamientos exentos de IVA que no constituyen una actividad económica a efectos del IRPF, no es obligatorio darse de alta.

  • Exención de IVA:
    Estos alquileres están exentos de IVA, por lo que no es necesario aplicarlo en las facturas.
    (ver post de un proveedor de servicios)​

  • Declaración en el IRPF:
    Incluir los ingresos como rendimientos del capital inmobiliario.

Gastos deducibles en el alquiler vacacional

Es fundamental conocer qué gastos pueden deducirse para reducir la carga fiscal:

  • Gastos directamente relacionados con el alquiler: Comisiones de plataformas intermediarias, servicios de limpieza y lavandería asociados a las estancias.

  • Gastos prorrateables según el tiempo alquilado: Intereses de préstamos hipotecarios, amortización del inmueble, gastos de suministros (agua, luz, internet) y seguros. Estos gastos deben prorratearse en función del periodo en que la vivienda estuvo alquilada.

Es esencial conservar todas las facturas y justificantes de estos gastos para respaldar las deducciones en caso de una inspección fiscal.

Conclusión

Declarar correctamente los ingresos provenientes de alquileres vacacionales en el IRPF es crucial para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones. Identificar el tipo de alquiler y conocer los gastos deducibles son pasos fundamentales para una correcta tributación.

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