Alquilar un inmueble en Madrid no solo implica encontrar el inquilino adecuado, sino también cumplir con ciertos requisitos legales.
Uno de los más importantes es el depósito de la fianza en el IVIMA (actualmente Agencia de Vivienda Social de Madrid – AVS) en un plazo determinado, garantizando así la protección tanto del arrendador como del arrendatario.
En este artículo, te explicamos lo que necesitas saber para gestionar la fianza correctamente y evitar complicaciones.
¿Qué es la Agencia de Vivienda Social de Madrid?
La Agencia de Vivienda Social de Madrid (anteriormente IVIMA), es el organismo autónomo encargado de la regulación de la fianza en los contratos de alquiler dentro de la Comunidad de Madrid.
Para los propietarios, este trámite es obligatorio y puede derivar en sanciones si no se realiza correctamente.
La normativa establece que toda fianza de alquiler pagada por el inquilino debe ser gestionada por este organismo en un plazo determinado, garantizando así la protección tanto del arrendador como del arrendatario.
¿Cuánto es la fianza en Madrid? / ¿Cuándo se debe depositar?
La cantidad que se debe ingresar está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y varía según el tipo de contrato:
- Alquiler de vivienda habitual: 1 mes de fianza.
- Alquiler de temporada, locales o uso distinto a vivienda: 2 meses de fianza.
El propietario tiene la obligación de depositar la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid – AVS (antes IVIMA) en el plazo de 30 días desde la firma del contrato.
¿Cómo se deposita la fianza en el IVIMA?
El depósito de la fianza se puede realizar de forma telemática a través de la página web de la Comunidad de Madrid, en la sección de Vivienda, o de forma presencial en las oficinas de la Agencia de Vivienda Social, solicitando cita previa.
En este post, tienes una guía rápida sobre cómo depositar la fianza de alquiler fácilmente.
Consejos para evitar problemas
- Guardar el comprobante del ingreso para evitar problemas en caso de inspección.
- Informar al inquilino sobre el ingreso de su fianza.
- Consultar con un profesional inmobiliario si tienes dudas sobre el proceso.
Beneficios de Cumplir con la Normativa
- Evitar multas y problemas con la administración.
- Garantizar seguridad financiera y protección del inmueble.
- Acceder a programas de ayuda de la Comunidad de Madrid.
Consecuencias de no depositar la fianza en el IVIMA
Es habitual mezclar los recargos por ingreso fuera de plazo con las sanciones por infracciones leves y graves por incumplimiento de las obligaciones relativas al depósito de la fianza en la AVS.
La normativa Ley 12/1997, de 4 de junio, reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamiento en la Comunidad de Madrid), define:
1. Recargos por Ingreso Fuera de Plazo
Estos se aplican cuando el arrendador deposita la fianza voluntariamente trascurrido el plazo legal de un mes desde la firma del contrato:
- 2% de la cuantía a ingresar, si el depósito se efectúa entre el día 31 y el día 90 desde la firma del contrato.
- 5% de la cuantía a ingresar, si el depósito se efectúa a partir del día 91 desde la firma del contrato.
2. Sanciones por Infracción (tras procedimiento de inspección)
Si la Administración (AVS) abre un procedimiento sancionador (generalmente tras detectar el incumplimiento o una denuncia) las sanciones dependen de la calificación de la infracción:
| Infracción | Porcentaje sobre la fianza no depositada |
Límite Máximo |
| Leve |
Del 5% al 25% |
6.010,12 € |
| Grave |
Del 26% al 50% |
90.151,82 € |
Límite Máximo Absoluto: multas de hasta 90.151 euros (tope legal) en casos de infracciones graves. Solo se aplicaría si la sanción calculada por porcentaje (50% de la fianza) fuera superior a esa cantidad.
Conclusión
Para los propietarios en la Comunidad de Madrid, cumplir con esta normativa es imprescindible para evitar sanciones y problemas legales. Ingresar la fianza dentro del plazo no solo es un requisito legal, sino también una medida de seguridad y transparencia que protege tanto al arrendador como al inquilino.
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